VERI*FACTU para despachos de abogados: fechas reales y cómo prepararte
VERI*FACTU cambia cómo factura tu despacho, pero no cuando te han contado: las fechas de 2026 se derogaron y la obligación real es 2027. Esto es lo que exige, sin prisas artificiales de vendedor.
Última revisión: julio de 2026
01El problema
Fechas que bailan y titulares que meten prisa
Habrás visto avisos de que VERI*FACTU «ya es obligatorio». No lo es: el RD-ley 15/2025 derogó las fechas de 2026, y la obligación vigente es el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. Hoy estamos en periodo voluntario. La prisa suele ser del que te quiere vender, no de la AEAT.
02Con Lexty
Cómo se hace, paso a paso
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Apunta tu fecha real
Sociedades: 1 de enero de 2027. Autónomos: 1 de julio de 2027 (RD-ley 15/2025). Hasta entonces, adoptarlo es voluntario. Tienes margen para elegir bien, no para dormirte.
- 2
Entiende qué exige de verdad
Registros de facturación con huella encadenada (inalterables), un QR de cotejo con la AEAT en cada factura y la remisión de los registros. Lo cumple el software por ti: tu trabajo es tener uno que lo haga.
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No te tragues sellos que no existen
No hay certificación previa de la AEAT: lo que existe es la declaración responsable del fabricante. Cuando un software diga «adaptado a VERI*FACTU», pídele esa declaración. Quien la tiene hoy en el sector legal (por ejemplo, Lexon) puede enseñártela.
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Dónde está Lexty en esto
Hoy Lexty gestiona tus minutas, provisiones, cuotas y cobros. La factura fiscal con adaptación VERI*FACTU está en desarrollo, con margen de sobra para la obligación de 2027 — y esta página lo dirá el día que esté construida y conforme, no antes. En Lexty un sello solo aparece cuando es verdad.
03Qué incluye
Dónde está Lexty hoy
- Minutas y facturas proforma desde el expediente
- Provisiones de fondos y entregas a cuenta
- Cobro online y cuotas mensuales
- Avisos de impago escalonados
- Hojas de encargo con firma del cliente
- Adaptación VERI*FACTU en desarrollo, con margen para 2027
04Preguntas frecuentes
01¿Cuándo es obligatorio VERI*FACTU para mi despacho?
El 1 de enero de 2027 si facturas como sociedad y el 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Las fechas de 2026 que circulan por internet quedaron derogadas por el RD-ley 15/2025. Hoy el sistema es voluntario.
02¿Existe un certificado oficial de la AEAT para el software?
No. No hay homologación previa: el fabricante presenta una declaración responsable de que su software cumple. Desconfía de «certificados oficiales» que nadie puede enseñarte y pide siempre la declaración responsable.
03¿Lexty está adaptado a VERI*FACTU?
Está en desarrollo. Hoy Lexty gestiona minutas, provisiones y cobros; la factura fiscal con VERI*FACTU (huella encadenada, QR de cotejo y remisión a la AEAT) llegará con margen sobre la obligación de 2027. Actualizaremos esta página cuando esté construida y conforme — sin sellos falsos.
04¿Qué pasa si mi software no cumple cuando sea obligatorio?
La normativa antifraude prevé sanciones tanto para los fabricantes como para quienes usan software de facturación no conforme. Con las fechas de 2027 hay margen: lo importante es no llegar al límite con un software que no se ha movido.
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